El estado de salud, con una presión arterial sistólica de hasta 236 y una afectación cardiaca nueva, el mandato constitucional que impone el máximo de dos años para mantener a un procesado en prisión preventiva y el ayuno de pruebas para acreditar el peculado, mantienen en el Abogado Enrique Muñoz la esperanza y la certeza de que al Exgobernador César Duarte se le debe cambiar la medida cautelar de Prisión Preventiva por la del Arraigo Domiciliario o alguna otra similar.
Entrevistado en su despacho de la calle Primero de Mayo, entre las calles 22 y 24, en la colonia Santa Rita, el litigante penalista, que ha tomado el caso junto a su socio, Héctor Villasana, realiza un pormenorizado análisis del caso de Duarte unos días antes de celebrarse la Audiencia Intermedia del Juicio, el próximo tres de abril, en donde la parte acusadora y la defensa deberán ofrecer las pruebas a desahogarse en la Audiencia de Juicio Oral.
Los testigos que obran en el expediente por parte del Ministerio Público, la parte acusadora, son los llamados Testigos de Oídas, es decir, aquellos que no escucharon ni vieron nada en forma personal y directa sino que escucharon de terceros lo que dicen saber y que acuden al Juicio a declarar. En este caso, son funcionarios o exfuncionarios que declararon sobre el delito de Peculado y que señalaron que nunca hablaron ni oyeron decir nada de eso al Exgobernador César Duarte sino que, por ejemplo, el Exsecretario de Hacienda, Jaime Herrera, les decía que por órdenes de Duarte debían realizar transferencias de recursos públicos a las cuentas de la Asociación Ganadera División del Norte.
Enrique Muñoz explica que está pendiente de resolverse el Recurso de Apelación contra la negativa del Juez de Control para cambiar la medida cautelar al Exgobernador. “Bueno, en relación a ese procedimiento, hemos de informar que derivado de la negativa por parte del tribunal de control para que el Exgobernador lleve su proceso en libertad a través de une medida cautelar distinta a la de la prisión preventiva, se tuvo a bien presentar un recurso de apelación en contra de esta determinación, mismo que se encuentra pendiente actualmente de resolverse y será resuelto por una Sala penal del poder judicial del estado de Chihuahua”.
El tema central del Recurso de Apelación radicado en el Poder Judicial del Estado radica en que Duarte ha permanecido ya más de dos años en la cárcel, desde que fue detenido en Miami, cuando la Constitución federal impone un máximo de dos años para aplicar la Prisión Preventiva. “Creemos que se tiene que analizar con especial cuidado el tema de la medida cautelar por dos situaciones muy importantes. La primera de ellas es que nosotros estamos convencidos de que el tiempo que marca nuestra Constitución la imposición como límite máximo para la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva para cualquier persona en el caso del exgobernador ya está vencida. Porque en nuestra apreciación, el tiempo que él estuvo y permaneció detenido provisionalmente con fines de extradición en Miami debe de contarse y contabilizarse o abonarse a la regla de dos años que establece nuestra constitución para la vigencia de una prisión preventiva”.
-¿Por qué no se ha podido hacer valer esta norma?
-Es parte precisamente de los agravios que fueron expresados en el Recurso de Apelación y es parte del análisis que nosotros como defensores esperamos la Sala a la que le toque conocer del Recurso de Apelación resuelva y se pronuncie en relación a este tópico.
-¿En este caso concreto el Juez Natural que razonó a este respecto? -La determinación del Juez de Control fue que la detención provisional con fines de extradición provenía de un procedimiento de orden administrativo y no penal; por lo tanto a consideración del Juez de Control no supeditaba o no debía, pue,s de abonarse el tiempo que estuvo sujeto a este procedimiento administrativo al tema de la prisión preventiva. Nosotros consideramos lo contrario, y es por ello que pedimos a la Sala que emita el pronunciamiento correspondiente.
-¿El razonamiento de ustedes cuál es?
-Es que indudablemente debe computarse el tiempo que estuvo el exgobernador detenido en Miami, porque si bien es cierto deriva de un proceso administrativo, hablando del procedimiento de extradición, no menos cierto es que el origen que tiene el procedimiento administrativo, el origen es la orden de aprehensión dictada en contra del exgobernador, dentro de la causa penal por la cual se encuentra en prisión preventiva
-¿O sea, si no hubiera habido orden de aprehensión no hubiera habido proceso de extradición?
-Es correcto, esa es la lógica.
-¿Entonces en el caso del amparo respecto del mismo tema resolvió igual que el juez natural?
-Es correcto. En primera instancia el Juez de Distrito, el juez federal que analizó el amparo en contra de la imposición de la medida cautelar, determina que tiene razón el Juez de Control al no computarse este término. Sin embargo, también hemos de poner en conocimiento que esta determinación fue recurrida a través de un Recurso de Revisión que se analizará por tres Magistrados del Poder Judicial de la Federación, mismo que se encuentra pendiente por resolverse.
-¿Estas resoluciones que parecieran absurdas aparentemente… ¿cuál puede ser la motivación del Juez Natural y del Amparista para resolver en este sentido?
-En una lógica natural y jurídica debería de ser que se debe privilegiar el derecho humano de la libertad personal y si él estuvo detenido con fines de extradición, dentro de esta misma causa penal, indudablemente privilegiándose el derecho humano de la libertad personal, y así confiamos y esperamos que así suceda, darnos la razón, tanto los Magistrados del Poder Judicial de la Federación como en su momento resolver el recurso de Apelación él o la Magistrada del Poder Judicial del Estado.
-El próximo 3 de abril se desarrollara la Audiencia Intermedia…
-Bien, habremos de explicar un poquito la naturaleza de la Audiencia Intermedia. Es aquella donde ambas partes, me refiero a la representación social, asesoría jurídica o coadyuvancia, ofrecen sus pruebas que pretenden sean desahogadas en la Audiencia de Juicio Oral. Pero la postura de la defensa es también ofrecer las pruebas que consideramos favorecen la teoría del caso que se estaría manejando en un eventual juicio oral del exgobernador y es precisamente lo que en este momento nos encontramos realizando. El análisis de la documentación, la prueba testimonial con la que podemos contar para efectos de poder enfrentar adecuadamente la audiencia intermedia.
-El Exgobernador Corral ha dicho un millón de cosas imputando a César Duarte de corrupción, pero en la realidad en este juicio cuál es la imputación?
-En este juicio la imputación deriva en apoyos económicos que se dieron a partir de la secretaría de desarrollo rural a una persona moral conocida como Asociación Ganadera Regional División del Norte. Ésa es en si. Se trata de apoyos económicos que se realizaron a esta unión sin que el gobernador hubiese intervenido en ningún proceso administrativo para los apoyos económicos mencionados
-¿Los delitos que se le imputan cuáles son?
-Son Peculado y Asociación Delictuosa.
-¿Peculado no estaba clasificado como grave cuando ocurrieron los hechos?
-Así es. Ni tampoco la Asociación Delictuosa son considerados como prisión preventiva oficiosa. En este caso la medida cautelar de prisión que le impusieron es una medida de Prisión Preventiva Justificada bajo las consideraciones que el Juez de Control tomó
-¿El dinero que se dice sustrajo en esa imputación cuánto es?
-Son alrededor de 96 mdp a través de once apoyos económicos.
¿Y el exgobernador duarte era presidente de la asociación?
-No. Es algo que se ha venido manejando, pero se cuenta con la documentación comprobatoria de que él dejó de ser Presidente de la mencionada unión ganadera a los días que asumió el cargo como Gobernador del Estado.
-¿Todos estos razonamientos y hechos que comentas que te hacen concluir, que se trata de un caso eminentemente político?
-Bueno, debemos tener cierto cuidado en catalogar este asunto como un asunto de carácter político, porque nosotros lo tenemos que ver con la óptica como abogados que somos, representantes legales del Exgobernador; nosotros tenemos que verlo desde el punto de vista jurídico y bueno, pues, así es la forma en que nosotros tenemos que enfrentar este proceso
-¿Ningún juzgador quiere cargar sobre su espalda, digamos, el cambio de medida cautelar?
-Bueno, yo confío en que sí. Yo confío en que tanto el Poder Judicial del Estado o el Poder Judicial de la Federación emitan una determinación apegada a derecho, respetando los derechos humanos del Exgobernador y coincidan en que la medida cautelar bajo la cual él debe continuar el proceso no es la medida cautelar de prisión preventiva.
-¿No hay posibilidad de que se sustrajera de la acción de la justicia?
-No tiene pasaporte, no hay ninguna posibilidad.
-¿No puede caminar además, no está bien de salud?
-Tiene que estar monitoreando su tema de salud. El Código Nacional establece una serie de medidas cautelares distintas a la Prisión Preventiva, por ejemplo, arraigo domiciliario, con brazalete, con vigilancia, no hay una sola posibilidad de que se sustraiga de la acción de la justicia, y nosotros tenemos varios ejemplos de ex servidores públicos de la administración del Exgobernador Duarte, que enfrentan sus procesos en libertad con medidas cautelares distintas a la prisión preventiva
-¿Ninguno ha huído?
-No se tiene registro que ninguno haya incumplido sus medidas cautelares
-¿Y sin duda alguna el tema de la salud es importante en este juicio?
-Y sin duda el tema de la salud es importante.
-¿Qué papel juega?
-Es un tema fundamental. De todos es conocido que no se encuentra bien de salud a partir de la operación que en meses pasados recibió; pero aparte su misma estancia en prisión ha mermado su estado físico, su estado de salud, que se acaba de advertir una complicación cardiaca que lógicamente se está atendiendo, se está atendiendo su salud, pero por supuesto que es un factor a considerar para el cambio de medida cautelar.
-¿Presión alta?
-Presión alta, 230, y estamos esperando el dictamen del cardiólogo; no quisiera adelantarme, porque desconozco el nombre correcto de la afectación cardiaca pero si la hay.
-¿Algún comentario final?
-Solamente agradecer la entrevista,