Enfermeras y enfermeros ya podrán recetar medicamentos en México: esto debe tener la receta

Enfermeras y enfermeros ya podrán recetar medicamentos en México: esto debe tener la receta

Un nuevo acuerdo de la Secretaría de Salud (Ssa), publicado en octubre de 2025, autoriza oficialmente a los licenciados en enfermería a prescribir medicamentos en México, bajo ciertas condiciones.

El objetivo, según la Ssa, es acercar los servicios médicos a todo el país, sobre todo en zonas rurales o con pocos doctores, permitiendo que los pacientes reciban atención y tratamiento con menor tiempo de espera.

¿Quiénes podrán recetar?

El acuerdo detalla tres niveles de autorización:

  • Licenciados en enfermería: Pueden realizar valoraciones clínicas y emitir recetas médicas completas.
  • Pasantes en servicio social: De enfermería, medicina, odontología, homeopatía o veterinaria, siempre que se mantengan dentro de su área de competencia.
  • Pasantes de enfermería: Solo si no hay un médico o enfermero titulado disponible, o para dar continuidad a un tratamiento ya iniciado.

Además, la prescripción solo podrá realizarse en unidades del Sistema Nacional de Salud, como centros de atención primaria, brigadas y unidades móviles.

Medicamentos que pueden recetar

El personal de enfermería podrá prescribir únicamente medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, bajo tres modalidades:

  1. Inicial o Autónoma (I): Recetas sin intervención médica (por ejemplo, Paracetamol o Ibuprofeno).
  2. Colaborativa (C): Coordinación con un médico (como tratamientos con amlodipino o insulina).
  3. ERA/EPA (Rol Ampliado o Práctica Avanzada): Para enfermeras con maestría o especialización en áreas clínicas.

La lista de fármacos abarca 22 grupos terapéuticos, incluyendo analgésicos, antibióticos, tratamientos cardiológicos, ginecológicos, nutricionales y vacunas.

¿Qué debe contener la receta?

Toda receta emitida por personal de enfermería debe cumplir con requisitos estrictos:

  • Datos del profesional: Nombre, cédula, profesión, institución formadora y firma.
  • Datos de la unidad de salud: Domicilio completo.
  • Datos del paciente: Nombre, edad, peso y fecha de nacimiento.
  • Detalles del medicamento: Nombre genérico, clave del compendio, dosis, frecuencia y duración.
  • Fecha y vigencia.
  • Modalidad: Debe especificar si es inicial o colaborativa; en este último caso, incluir los datos del médico que autorizó el tratamiento.

El documento deberá entregarse sin alteraciones ni tachaduras y seguir el formato institucional.

Un paso histórico para la enfermería

Este acuerdo, que entra en vigor al día siguiente de su publicación, amplía las funciones del personal de enfermería en México, reconociendo su papel fundamental en la cobertura sanitaria.

La medida busca agilizar la atención primaria y fortalecer la confianza en el personal de salud que, día a día, atiende a millones de pacientes en todo el país.

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